Cuba celebra cada 12 de abril el Día de las Áreas Protegidas
Cuba celebra cada 12 de abril el Día de las Áreas Protegidas, para promover el desarrollo sostenible y la conservación de la diversidad biológica, en una época donde el cambio climático amenaza cada vez más la salud ambiental del planeta.
El Sistema Nacional de Areas Protegidas de Cuba está conformado por 230 áreas protegidas con distintas categorías de manejo, las que abarcan el 22.42 % del total del territorio nacional, el 29,17 % del mar interior, donde realmente existe manejo efectivo, y el 18,25 % de la superficie terrestre del país.
Entre ellas, Viñales en Pinar del Río, Alejandro de Humboldt en Guantánamo y Holguín, este último fue declarado Sitio Natural de Patrimonio Mundial por la UNESCO junto al parque nacional Desembarco del Granma.
El Centro Nacional de Áreas Protegidas (CNAP), rector del planeamiento y gestión integral del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), es el encargado de reunir el conjunto de áreas terrestres o marinas que son de interés nacional, regional o mundial. Su misión es proteger y conservar los recursos naturales del patrimonio natural nacional, para las generaciones actuales y futuras, y garantizar el desarrollo sostenible.
En 1930 se crea la primera área y fue el Parque Nacional Pico Cristal en Holguín. Después del triunfo de la Revolución se establecieron las Reservas Naturales y la primera Reserva de Biosfera se inaugura en 1985.
En La Habana existen cinco áreas aprobadas por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros: la Reserva Ecológica, de significación nacional, La Coca, en La Habana del Este; y cuatro Paisajes Naturales Protegidos: Rincón de Guanabo, Laguna del Cobre Itabo, Tiscornia e Isla Josefina.
Decreto-Ley 83/2024 “Del Sistema Nacional de Áreas” tiene como objeto regular lo concerniente al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, en cuanto al ejercicio de su rectoría, control y administración, categorías de manejo, su propuesta y declaración, el régimen de protección y el otorgamiento de las autorizaciones para la realización de actividades en ellas.
Se entiende por áreas protegidas las partes del territorio nacional declaradas con arreglo a la legislación vigente e incorporadas al ordenamiento territorial, de relevancia ecológica, social y cultural en el ámbito nacional y local, en algunos casos de relevancia internacional, especialmente consagradas, mediante un manejo eficaz, la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica y los recursos naturales, históricos y culturales asociados, con el fin de alcanzar objetivos específicos de conservación y uso sostenible.




